Renunciar compraventa de piso nuevo

Pues soy uno más ante la situación de haber comprado un piso en muy mala época pero en fin..
He leído ya algo sobre posibles causas de incumplimiento por parte de la constructora para poder utilizarlo como causa de cancelación de contrato compra venta o al menos para poder presionar al constructor y que rebaje algo el precio y solo he visto algo referente al incumplimiento de la fecha de entrega por la no concesión de la cedula de habitabilidad en el tiempo previsto etc,, mi pregunta es:En mi caso la cedula de habitabilidad ya está concedida y dentro del plazo de contrato pero, ¿seria posible causa de incumplimiento por parte del constructor el que el accensor de nuestro piso no baja hasta el sótano como pone en la memoria de calidades?.
Es curioso que hasta hace unos días en la ultima visita al edificio nos encontramos con que hay dos ascensores para los dos accesos de viviendas, digamos que una para los pisos pares o de lado izquierdo y otro para los impares o lado derecho, de estos ascensores solo el de lado derecho tiene acceso al garaje y también su correspondiente escalera, el ascensor nuestro no, ni tampoco tenemos escalera que baje al sótano así que sorprendentemente nos encontramos con que tenemos que hacer trasbordo en la planta cero, esto puede a simple vista no parecer importante pero nosotros que en la actual vivienda solo tenemos acceso a garaje con escalera sabemos lo que significa y la que nos espera con el'' trasbordo'' en el nuevo piso para acceder al garaje.
En ningún momento se nos comunica que nuestro ascensor no baja al sótano es prácticamente seguro que si lo sabemos no le compramos por la experiencia de 15 años en la actual vivienda con acceso solo de escalera imaginen tener que hacer trasbordo cada día y con bolsas de compra etc etc...
La memoria de calidades de ''nuestro piso'' Cito textualmente dice :ASCENSORES: Ascensor con bajada a los sótanos. Capacidad mínima 4 personas.
También quiero comentar que en la memoria de calidades y con foto se nos da una vista del edificio y se nos comenta que el portal da a la calle por y por alguna causa que desconocemos ahora el portal da a la calle opuesta osea que de tener el portal en una calle guapa y con movimiento comercial etc, nos encontramos en otra en la que solo existe nuestro portal y todo lo demás en esa calle son accesos de garajes de todos los edificios de la calle ''guapa'' supongo que esto sea intocable y que ajo y agua...
Y por ultimo quisiera comentar un poco algo que ya se ha hablado,, pero no me queda claro, osea si en mi contrato de compra venta en la clausula de incumplimiento por parte del comprador ( yo ) de alguno de los pagos da derecho a la vendedora a :
La falta de pago por el COMPRADOR, a su vencimiento, de cualquiera de las cantidades pactadas, facultara a la vendedora para proceder a la resolución del contrato, bastará la notificación hecha al COMPRADOR por requerimiento judicial o por acta notarial. Producida la resolución, la VENDEDORA hará definitivamente suya la propiedad y el dominio de los inmuebles objeto de la presente compraventa, quedando en favor de aquella, en concepto de indemnización de daños y perjuicios y como clausula penal especialmente pactada, el 20% de la base imponible de todas las cantidades que hasta el momento hubieran sido satisfechas por el COMPRADOR, más el importe integro de las cuotas del impuesto.. IVA que se hubieran pagado ( textual )
¿Debe entenderse que si por algún motivo (el real es llanamente que no me dan la hipoteca )decido cancelar el contrato o esperar a que por su propio peso el constructor me reclame lo que falta de pagar y yo no voy a poder hacerlo, perderé todo el dinero que hemos dado?
Respuesta
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En primer lugar, sería interesante conocer si el constructor ya te ha requerido para que acudas a notaría.
En segundo lugar sería interesante también conocer el grado de cumplimiento de los plazos señalados para terminar la obra.
Por último, una copia de tu contrato de compra tampoco vendría mal.
Gracias por tu atención.
Pues el tema es ese que el constructor me dice que pierdo todo y a la vez me dice que el proceso seria el siguiente : Una vez llegado el plazo máximo de entrega de llaves él me reclamará la cantidad ultima que queda, osea la mayor, la que se suele hacer hipoteca, y al no poder cumplirla por que a mi no me la conceden él pasaría a financiarme.
Por otro lado, no el aun no me requiere a notaria, me dice que bueno si no es ahora ( ya esta entregando los pisos ) pues en septiembre, no pasa nada
La obra ya esta terminada ya tiene la licencia de habitabilidad y ya hace un mes que nos ha ido llamando para el que lo tenga, gestionar le entrega de llaves
El plazo de entrega según el contrato es en septiembre por eso me deja amablemente plazo para seguir mirando hipoteca.
La copia del contrato puedo enviarla a ese correo o a donde me digas.
PD: Yo por lo que hemos hablado creo que él entiende de devolverme parte de lo pagado por que hay cosillas que así me lo indican :Sí el esta tan seguro de que pierdo todas las cantidades entregadas hasta la fecha,,,,, ¿por qué se me ofrece a financiarme él si llega el momento y no me dan la hipoteca? Lo normal seria que si el sabe o cree que es así, que el se queda con el dinero dado hasta la fecha estaría esperando a que yo no cumpla el plazo y punto, el se quedaría con todo el dinero y con el piso
Ok puede enviar la copia al email reseñado.
Hola, hace ya muchos días envíe el contrato, no se si les ha llegado o me han olvidado, por favor hechenme una mano, no se que puedo hacer ...
En breve le facilitamos solución, nuestros compañeros vuelven la próxima semana de vacaciones. Un slaudo.
Por favor...!
Pues el constructor puede optar como bien te dice por la resolución del contrato y exigirte la totalidad del precio que te falta por pagar.
Pienso que opta por financiarte para no perder a un comprador (por lo difícil que está hoy día la venta de pisos)
Por ello aprovecha su situación para conseguir ventajas a la hora de la financiación. Y si no puedes pues intenta llevarlo de buen agrado para que te reintegre la mayor cantidad de dinero posible.
¿Pero entonces debo entender que el constructor tendría que devolverme lo que dice el contrato en caso de impago por mi parte del dinero que falta o se puede quedar con todo lo que he pagado? ¿Qué sucede con lo que tenemos pactado en el contrato si yo no puedo pagar? Estas dos cuestiones son las que me interesan saber para poder presionar llegado el momento o lo que es peor, para saber si me tiene que devolver algo por que veo muy claro que ni voy a conseguir la hipoteca ni me va a merecer la pena luchar por ella con lo que han bajado los pisos actualmente
PD: Dos cosas más ... Una : A día de hoy se han pasado 6 días en la fecha de entrega según el contrato y aun no me ha requerido la cantidad que falta.
Y la otra es lo del ascensor, hasta hace pocos días que pudimos ver el piso ya terminado, no sabíamos que nuestro lado del edificio no tiene ascensor que baja al sótano esto ha sido una gran sorpresa, tenemos que hacer trasbordo en la planta baja, esto si que lo ha ocultado bien por que si lo llegamos a saber antes no compramos ese piso pues ya tenemos esa experiencia en el actual, y según la memoria de calidades dice textualmente : ASCENSORES... Ascensor con bajada a los sótanos ... Pues resulta que no, que hay dos uno para cada mano de escaleras y el nuestro no baja al sótano...
Muchas gracias por su atención
Espero me aclaren un poquito más mi situación
Muchísimas gracias
En principio el constructor le devolvería las cantidades entregadas pr usted hasta ahora menos un 20 % en concepto de penalización más la parte correspondiente de IVA.
En relación al ascensor, sería motivo de resolución del contrato a su favor, por ello dígale al constructor que si le devuelve íntegras las cantidades entregadas hasta ahora, no efectuará reclamación alguna contra él.

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