Deduzco de su escrito inicial que el embargo proviene de una ejecución de un proceso judicial 253/1993, me imagino que usted estará personado en ese procedimiento a través de abogado y procurador. A mi modo de ver, lo que debería hacer es ponerse en contacto con el abogado e informarle de la situación, y que él prepare un escrito para que el procurador lo presente en el Juzgado.
Una vez hecho esto toca esperar. Hay que tener en cuenta que algunos Juzgados son muy lentos, y no hay que desesperarse si tardan en contestar.
Si desconoce los datos del abogado y procurador que le llevaron en su día el procedimiento, o no consigue ponerse en contacto con ellos, puede acudir a cualquier otro abogado y poner el asunto en sus manos.
Debe tener en cuenta que en la mayor parte de procedimientos civiles, es preceptiva la asistencia de abogado y representación a través de procurador, y por lo tanto es posible que si no actúa a través de estos profesionales no le admitan el escrito.
En cualquier caso, si usted está capacitado para hacer el escrito por sí mismo, puede intentarlo, pero en ese caso le recomiendo que haga un par de fotocopias de ese escrito y vaya en persona al Juzgado en cuestión y lo presente, ya que dudo mucho que en el Juzgado admitan un escrito que les llegue por carta y encima sin estar firmado por abogado y procurador.
Según los ingresos que manifiesta que percibe, usted tendría derecho a la justicia gratuita, un abogado y un procurador de oficio que le representen gratuitamente, para ello puede informarse en el colegio de abogados de su localidad.