Vacaciones

Estoy trabajando en una empresa de Consultoría Informática y resulta que a la hora de pedir las vacaciones he solicitado finales de Agosto y la primera semana de Septiembre. Sin embargo, me obligan a cogérmelas en Julio o Agosto, indicándome que por ley es así, lo cual dudo mucho. Me gustaría saber si esto es cierto, así como mis derechos a la hora de solicitar las vacaciones.
Saludos y Gracias.

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El período de disfrute de vacaciones se fija de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en convenio colectivo. El período de vacaciones debe quedar plasmado en el calendario laboral y el trabajador conocerá las fechas que le correspondan al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción laboral fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión no será recurrible; el procedimiento será sumario y preferente (art. 38 ET).
En ningún caso puede el trabajador fijar sus vacaciones de forma unilateral, constituyendo una falta muy grave la ausencia injustificada por este motivo.

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