Convenio Colectivo metal
Buenos días: soy instalador de fontanería y estoy en el convenio colectivo de la siderometalurgia de la provincia de Alicante. Hace cinco años y medio que trabajo en la empresa que estoy actualmente con contrato indefinido.
Según he leído en mi convenio, las retribuciones están constituidas por el salario base y los complementos, que pueden ser personales (antigüedad, etc.) En el artículo 51 del mismo que trata sobre la antigüedad dice que el personal comprendido en este convenio percibirá aumentos periódicos por año de servicio consistentes en el abono de quinquenios en la cuantía del 5% del salario base correspondiente a la categoría en que esté clasificado.
Según lo anterior y a mi entender, sí que me correspondería empezar a cobrar en nómina esta antigüedad, pero lo pregunté a la administración de la empresa y me contestaron que no existía ya antigüedad para nosotros, que eso era antes.
Mi pregunta es quien tiene razón en este tema, si puedo exigir la antigüedad a la empresa, y cómo sería la forma de cobrarla, si procediera.
Gracias.
Según he leído en mi convenio, las retribuciones están constituidas por el salario base y los complementos, que pueden ser personales (antigüedad, etc.) En el artículo 51 del mismo que trata sobre la antigüedad dice que el personal comprendido en este convenio percibirá aumentos periódicos por año de servicio consistentes en el abono de quinquenios en la cuantía del 5% del salario base correspondiente a la categoría en que esté clasificado.
Según lo anterior y a mi entender, sí que me correspondería empezar a cobrar en nómina esta antigüedad, pero lo pregunté a la administración de la empresa y me contestaron que no existía ya antigüedad para nosotros, que eso era antes.
Mi pregunta es quien tiene razón en este tema, si puedo exigir la antigüedad a la empresa, y cómo sería la forma de cobrarla, si procediera.
Gracias.
Respuesta de agarfer
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