Pluriempleo

Hola. Es una pregunta urgente, siento meter prisa. Estoy trabajando a media jornada en una empresa como diseñadora gráfica y acabo de conseguir otra media jornada, con la misma categoría, en otra empresa. Quisiera saber como me fecta esto:
1º. ¿Es legal?
2º Respecto a si me quedo en paro de una de las empresas
¿3º La cotización es normal?
4º Respecto a hacienda.
Agradecería mucho la contestación, y si es posible rápida, para pensar si acepto o no el segundo empleo.
Muchas gracias por adelantado.
Respuesta
1
Sí. Es perfectamente legal siempre y cuando entre las dos empresas no sobrepases las 40 horas semanales.
La cotización es proporcional al tiempo trabajado, en cada una de las empresas.
Si se extingue el contrato en una de ellas, y tienes derecho al paro ( por los días trabajados) te concederán ( salvo que salga una ley nueva ) el paro parcial.
En cuanto a Hacienda, debes procurar que te retengan en cada una de las empresas el tanto por ciento que corresponda según el sueldo global de todas ellas. Por lo demás no hay problema.
A tu disposición para aclaración más particular.
Perdona que de nuevo te moleste, pero:
- ¿En qué consiste el paro parcial? ¿Cómo se paga?
- ¿Cómo puedo saber la retención que cada empresa debe hacerme según el sueldo global?.
Disculpa mi ignorancia, pero te agradecería las respuestas infinitamente, Gracias.
El paro parcial está en función de la cotización de los últimos seis meses que tengas en la empresa por la cual a la finalización del contrato tienes derecho a cobrar el paro.
Se paga igual que el normal. Se aplica a la base reguladora que sale de los últimos seis meses, el 70% durante los 180 primeros días y el 60%, a partir de los 181 días.
En cuanto a la retención de las dos empresas, debes calcular el sueldo anual.
Si cobras 80.000 Ptes. En cada una de las empresas, por ejemplo, son 80.000 x 14= 1.120.000 Ptes. En cada empresa por lo que tendrás que calcular según tu situación familiar qué tanto por ciento te toca por los 2.240.000 Ptas. Y dividirlo por las dos empresas y tendrás el tanto por ciento que tienen que descontarte en las mismas.

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