Buenos días mi marido trabaja en una empresa desde mayo, con un contrato de it internidad por una mujer que esta embarazada, con baja temporal, hoy le han informado que la chica ha tenido en nene y mañana mi marido no puede ir a trabajar, que vaya al inem y se apunte cuanto antes porque le tiene que cambiar el contrato, no le dan ningún documento, ¿y mi pregunta es? ¿Esto es normal? ¿Cuándo a el le hicieron un contrato por susititucion hasta febrero de 2011? ¿Le tienen que finiquitar? ¿Cabe el riesgo de que no lo contraten de nuevo? Son muchas dudad, y la inquietud, muchas gracias
Respuesta de claudioyyy60
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claudioyyy60, Gerente del área de servicios profesionales en una consultora de...
Entiendo por su pregunta los siguientes hechos: 1. Su marido está trabajando bajo un contrato de interinidad hasta febrero 2011. 2. Ayer le han comunicado ( de forma oral) que no vuelva a trabajar 3. No hay ningún documento escrito que confirme la ruptura de la relación laboral Por responder a esas cuestiones: 1. Un contrato por interinidad, si bien tiene fecha de fin, puede rescindirse de forma unilateral por cualquiera de las partes. El trabajador puede marcharse dando el preaviso correspondiente fijado por ley, y el empresario puede rescindir el contrato ( siempre finiquitando de acuerdo a lo estipulado por ley) en cualquier momento el contrato. 2. Las comunicaciones de rescisiones unilaterales siempre son por escrito ( obligatorio). Debe haber una comunicación escrita de la empresa al trabajador comunicándole este hecho. En tanto y cuanto su marido no haya recibido dicha comunicación su marido es plantilla de la empresa, y debe comparecer en su puesto de trabajo. Si no lo dejan entrar, o no le dan la documentación asociada, que lo denuncie de forma inmediata. 3. Esta rescisión trae aparejada una compensación económica, compuesta por: a) Abono de haberes( nóminas y pagas extraordinarias) hasta la finalización del contrato b)Abono de vacaciones no disfrutadas c) Indemnización por finalización del contrato 4. La contratación o no de su marido, depende única y exclusivamente de la voluntad de ela empresa. En cualquier caso, le deberían hacer un nuevo contrato con otras condiciones. 5. Como último consejo, y en el caso que se nieguen a regulzarizar esta situación, que denuncie. Recuerde, al INEM no puede apuntarse si no hay documentación, y la empresa que se niega a ello, incurre en falta administrativa
Muchas gracias! Me has aclarado mucho, por lo del inem le han dejado inscribirse lógicamente sin derecho a prestación, lo de la carta de despido, luchando estamos, porque juegan que como lo van a contratar de nuevo... pero muchas gracias!