Baja maternidad

Buenos días:
Actualmente estoy en paro, de los 24 meses llevo consumidos unos 12 aprox, el caso es que estoy embarazada y a principio de año daré a luz, entonces me quedaran unos cuatro meses aprox por disfrutar pero he leído que disfrutando del paro estoy en derecho de solicitar la baja por maternidad como me paso en la anterior ocasión con la salvedad de que trabajaba, ¿eso es así? ¿Tendría derecho a solicitar las 16 semanas de baja maternal? ¿Cuáles serian los requisitos y que pasos debo seguir llegado el momento?
Un saludo y muchas gracias, sonia.

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Si estas cobrando el paro cuando inicies la baja por maternidad la prestación por desempleo se interrumpe y comienzas cobrar la prestación por la baja de maternidad por un periodo de 16 semanas que se pueden ampliar a dos semanas más, la cuantía de la prestación por maternidad es del 100%100%de la base reguladora que se obtiene dividiendo por 30 la base de cotización del mes anterior al de la baja por maternidad, y que paga el INSS, durante todo el tiempo que permanezcas de baja por maternidad el tiempo que te quede por cobrar del desempleo permanece interrumpido hasta que te den el alta medica por maternidad, una vez que te den el alta tienes 15 días a partir de la fecha del alta medica para solicitar la prestación por desempleo que te falta de cobrar y cobraras misma cuantía y por el tiempo que te quedaron pendiente antes de iniciar la baja por maternidad, y para iniciar todo el papeleo de tu baja por maternidad lo primero es acudir a tu médico de la seguridad social. Este es el médico que tienes asignado, o que has elegido, en tu centro de salud más próximo.
El médico te dará un papel que se conoce como el "informe de maternidad", se quedará él una copia y entregará otra al Servicio Público de Salud. Cuando te haga el informe tendrás que llevar tu documentación personal (DNI, pasaporte) y si es una adopción o acogida, los documentos que lo demuestren.
El original del informe que te entregue el médico es lo que presentarás a tu empresa, que completará los datos que le corresponden y te lo devolverá.
Por otra parte tendrás también que rellenar el impreso oficial de "Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento", aunque este documento también puedes hacerlo en un papel normal, sin que sea un modelo oficial. Si quieres usar el modelo oficial, lo puedes descargar en el enlace que te dejo más abajo..
Una vez que tengas el Informe de maternidad rellenado por tu empresa y la Solicitud de maternidad, hay que ir a una oficina de la Seguridad Social para entregar toda esta documentación.
En la Web del Ministerio de Trabajo e Inmigración tienes un esquema de todo el papeleo para la baja por maternidad. El ministerio tiene también una sección muy útil sobre las preguntas más frecuentes que te pueden surgir con respecto a la prestación por maternidad.
Si quieres que te atienda un ginecólogo privado, puedes pedirle que te haga un informe sobre tu embarazo para dárselo al médico de tu centro de salud, para facilitar las cosas. Sin embargo, el único que puede hacer el informe oficial es el médico de tu centro de salud de la Seguridad Social. Un saludo muy cordial, y por favor no se te olvide cerrar la pregunta.. muchas gracias..
aquí <http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Servicios/Solicitudesdepresta34887/Pensionesotrasprest40968/Maternidad/index.htm?LANG=es&ssUserText=51487#BIN41079
Una pequeña aclaración:
¿Cuándo hablas de la baja de maternidad ampliable a dos semanas más a que te refieres? ¿Y aprovechando después de terminar tanto baja maternidad como paro actualmente tendría derecho a alguna prestación?
Muchísimas gracias
Lo de las 18 semanas se debe a que en los partos múltiples se añaden dos semanas por cada niño. Si has tenidos mellizos o gemelos puedes tomarte 18 semanas, si son trillizos 20, etc.. por otra parte cuando termines la baja por maternidad terminaras de cobrar el para que te quedo pendiente antes de iniciar la baja por maternidad, y cuando agotes la prestación por desempleo tienes 15 días, desde la fecha de finalización de la prestación, para solicitar el subsidio de desempleo por haber agotado un prestación contributiva, es decir que durante todo el tiempo que has estado cobrando el desempleo el INEM a estado cotizando por ti a la seguridad social por contingencias comunes y por el resto de las contingencias como si estarías trabajando.. un saludo no se te olvide finalizar la pregunta.

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