Mientras se esté dado de alta en la Agencia Tributaria para ejercer una actividad se debe tributar por ella. Aunque durante este trimestre no haya tenido actividad tendrá que presentar igualmente la declaración del IVA correspondiente al trimestre señalando en el formulario la casilla de "sin actividad".
No obstante, su aún no habiendo IVA repercutido se han recibido facturas de proveedores cuyo IVA sea deducible se puede declarar IVA soportado, siendo en este caso la declaración "con solicitud de devolución" o "a compensar", en función de lo que decida el contribuyente.
Espero haberle sido de ayuda.
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