Baja por it y despido

Desde hace 8 meses me encuentro de baja por it, no me gustaría volver a incorporarme a mi trabajo al finalizar mi baja, por lo que he intentado hablar con la empresa para llegar a un acuerdo, que me despidan, sin que me tengan que pagar ninguna indemnización, para que yo pueda cobrar el paro; pero me han dicho que no, que esté de baja el tiempo que necesite y cuando el médico me de el alta que me reincorpore.
Si dejo de mandar los partes de baja, ¿me pueden despedir? Si me despiden por no enviar los partes de baja, ¿puedo cobrar el paro?

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He visto que tu pregunta está muy atrás y no la ha visto ningún experto en el tema, así que intentaré responderte yo, pero te aconsejo buscar un experto en RRHH y preguntar directamente.
En tu caso, después de 8 meses por IT te quedan 4 meses para acudir a un tribunal médico y ver si te declaran Incapacidad Permanente, pero si te dan de alta antes de estos 4 meses tendrás que reincorporarte al trabajo. La empresa no puede despedirte por estar de baja, ya que se declararía un despido improcedente y tendrían que indemnizarte (el día que el juez dictase sentencia) con 45 días de salario por año trabajado más un dinero por los meses que pasasen hasta que se celebrase el juicio igual al salario base por mes.
Ahora, si tu dejases de mandar los partes de baja, se declararía un despido PROCEDENTE, con lo que la empresa te indemnizaría igual con 20 días de salario por año trabajado y obviamente no tendrías derecho a paro, ya que tú has rechazado el trabajo. Lo mejor que puedes hacer es pactar con la empresa un despido improcedente y firmarles un finiquito a 0. Así ellos no te dan un duro y tu puedes cobrar tu paro.

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