Multa tráfico

¿Hola qué tal?, ¿Quisiera saber, si por error de la DGT podría prescribir una sanción?. En la denuncia hecha por el agente aparece mi actual dirección, en su momento realicé el pago de la denuncia y he estado a la espera de la notificación para cumplir un mes de sanción de retirada de carnet, hasta la fecha no he recibido ninguna notificación y he visto que sale en el B.O.P, no se si han cometido algún error pero en el antiguo domicilio por suerte o por desgracia hay un amigo que le llegó la notificación y a mi actual dirección me llegó la carta indicando la cantidad de puntos que actualmente tengo. La infracción fue en Marzo 2008, la notificación a mi antiguo domicilio en Noviembre 2008 y actualmente salió en el B.O.P el 6 de Sep 2009, a casa me han llamado personas relacionadas con recursos de multas que investigan los B.O.P y me dijeron que la multa se podía recurrir. Me gustaría saber que hay de cierto de todo esto, un saludo, muchas gracias.

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No te he entendido muy bien, tu abonaste la denuncia, por lo tanto el expediente está cerrado a espera de la resolución, que sería la detracción de puntos correspondientes y la suspensión por un mes del permiso de conducir. Has recibido en tu domicilio actual la notificación de los puntos que tienes, me imagino que restados los que te quitaron en la denuncia, ¿y la notificación que recibiste en tu anterior domicilio a que se refiere? ¿La publicada en el BOP es la misma que la de tu domicilio anterior?
Aclárame un poco estos extremos.
Hola txemart05, exacto, recibí en mi domicilio actual la carta con los puntos que mi quitaron e indicando los puntos que me quedaban, en mi domicilio anterior llegó la notificación de que tenía un mes de retirada y que si quería realizar alguna alegación y el tiempo que tenía para hacerlo, etc. Esta notificación sé que llegó porque un amigo vivía en el antiguo domicilio, de no ser así, no lo hubiera sabido. En el B.O.P ya ha salido publicada 3 veces, indicando esto exactamente, que al no estar en el domicilio anterior, se le comunica esta resolución, que tiene tal tiempo para hacer las alegaciones...; Mi pregunta es si se puede recurrir, ya que que como he comentado anteriormente hay personas que miran en el B.O.P e investigan y te llaman diciéndote que tu caso se puede recurrir. La cuestión es que en tráfico se han hecho un lio con las direcciones. A los agentes les dije que la dirección del carnet de conducir no era la correcta, la correcta era la del carnet de identidad, eso fue en Marzo, el día de la infracción, ellos pusieron la del carnet de conducir, que no era la correcta, en Julio tenía que renovar el carnet de conducir, así lo hice, con la dirección de mi actual domicilio, entonces en tráfico han tenido 2 direcciones, llegó antes la carta con los puntos que me retiraban y los que me quedaban a mi actual domicilio y posteriormente llegó a mi anterior domicilio la notificación, eso quiere decir que ya en la DGT tenían la dirección actualizada ya que la carta de los puntos me llegó a mi domicilio actual por lo tanto la notificación debió haber llegado también a mi domicilio actual.
            Está claro txemart05 que he cometido una infracción y que debo cumplir con la responsabilidad, de hecho mañana quiero ir a tráfico y solucionar esto y ya está, es un mes y fuera y arreglado pero bueno todos sabemos que esto es como " un juego", hay unas reglas que las ponen unos señores, hoy ponen unas que ellos piensan que son las correctas pero con el tiempo se modifican, entonces lo que está claro que si en un principio pusieron unas normas era porque estaban seguros pero pueden alegar que con el tiempo las cosas cambian y las leyes también, algunas bien cambiadas por el interés general pero otras con afán recaudatorio, si fueran con afán recaudatorio y esa recaudación fuera a parar a personas que no tienen dónde dormir y dónde comer, que me multen todo lo que quieran pero cómo no es así, si me puedo aprovechar de cualquier mal proceder lo haré, ya la administración, empresas... lo hacen que tienen personas a su cargo que saben de que va este "juego".
            Disculpa por el sermón txemart05 pero es que vivimos en un mundo tan hipócrita, un ejemplo: de pequeño ya me preguntaba, si sólo se permite ir a 120 km/h cómo es que fabrican los coches que pueden alcanzar más de esa velocidad pero claro cómo iban a recaudar si no, no fue mi caso, lo mio fue por alcoholemia, un saludo txemart05, gracias por todo.
Como ya te informé en la anterior, al abonar la denuncia el expediente está cerrado, lo que queda es la notificación de la resolución de la suspensión del permiso de conducir de 1 mes(que es la mínima), que es lo que Tráfico a estado intentando notificar en el domicilio que le constaba el día de la denuncia, según el Permiso de Circulación del vehículo y tu Permiso de Conducir. Tráfico no investiga los domicilios de los titulares de los vehículos, dado que hay una obligación legal de los mismos a comunicar a Tráfico cualquier cambio de este.
Por otro lado has recibido, como todos los demás conductores, el saldo de puntos que tenemos tras dos años de su implantación.
Realmente, yo no veo base para recurrir sin perder, será que como no cobro por este servicio no tengo por que engañar a nadie y por eso no leo el BOP para avisarte.
Espero haberte aclarado un poco el tema, sino no dudes en consultarme de nuevo, un saludo y no olvides valorar la respuesta para poder cerrarla,
Txema

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