Me pueden bajar el sueldo cuando me han contratado hace un mes y estando aún en periodo de prueba

El pasado día 9 de junio empecé una nueva andadura profesional en una empresa, desde entonces he recibido mails con amenazas todos los días (incluidos fines de semana) con amenazas de despido, presiones etc, no a mi en concreto, si no a todo el departamento comercial en el cual yo también estoy.

Hoy, día 18/07 me han dicho que me va a bajar el sueldo de 24.000 a 20.000, a otra compañera que la va a quitar el teletrabajo por las tardes (tiene teletrabajo por las tardes por que se nego a darla jornada reducida por embarazo) y demás.

¿Puede bajarme el sueldo llevando poco más de un mes y estando aún enperiodo de prueba?

Respuesta
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No es muy razonable la verdad... pero por lo que explica las actuaciones de la empresa con amenazas y otras actuaciones tampoco lo son.

Le recomiendo en primer lugar que revise su contrato de trabajo o acuerdo con la empresa en el que aparezca el salario pactado inicialmente y que no tenga firmada ningún tipo de clausula por el que la empresa le puede aplicar un salario variable, espere a superar el periodo de prueba para presentar una queja formal en la empresa si realmente el sueldo que le abonan no es el que tenían pactado, ya que estando en periodo de prueba usted es más "débil" laboralmente hablando.

Si aún así ve que la empresa continua con su intención de bajar el sueldo puede reclamar que lo haga mediante la modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 del ET). En este procedimiento la empresa debe comunicar su intención de hacer un cambio en el salario y debe motivar su decisión en razones técnicas, organizativas, económicas o de producción, ante ésto el trabajador podrá:

- Aceptar.

- Aceptar y no estando de acuerdo demandar a la empresa.

- No aceptar y rescindir su contrato de trabajo con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año con un máximo de 9 mensualidades y derecho al cobro de prestación por desempleo (si tiene la cotización necesaria).

Respecto a la reducción de jornada de su compañera, la empresa únicamente está obligada a conceder reducción de jornada por cuidado de un menor de 12 años no mientras esté embarazada, su compañera lo que podría intentar es solicitar la baja por riesgo de embarazo (si realmente el trabajo le comporta algún peligro y no se la puede recolocar en otro puesto de trabajo sin riesgos) o bien si no se encuentra bien pedir la baja médica al servicio público de salud (que normalmente los médicos suelen ser comprensivos en este aspecto). Ahora bien, la empresa puede retirarle el teletrabajo si lo considera oportuno puesto que es libre de organizar el trabajo y a los trabajadores como considere oportuno para sus intereses empresariales.

Si no tiene más consultas no olvide cerrar la pregunta.

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