¿Se puede conmutar sólo parte del usufructo de una herencia?
De cara a la repartición de una herencia, estamos pensando en conmutar sólo una parte del usufructo legítimo del cónyuge viudo. ¿Es eso posible o si se conmuta ha de ser el usufructo al completo?
Asi mismo, ¿sería posible conmutar posteriormente el usufructo que no se ha conmutado inicialmente? ¿Existe algún límite temporal?
Respuesta de navarroiuris