Jubilación anticipada, 30 años cotizados y despidos involuntario en el año 2012

Actualmente tengo 54 años, en el 2012 fui despedida involuntariamente por causas objetivas, estoy apuntada en el paro y se me ha agotado el subsidio, para poder jubilarme anticipadamente que requisitos debo reunir, la seguridad social no me lo ha dejado muy claro que digamos.-Se que hay una ley que nos ampara a los mayores despedidos antes del 2013, pero me gustaría que me lo aclaran y a que edad tengo derecho para poder pedirla anticipadamente.-

Los treinta años los he cotizado hasta el año junio 2014 incluida la prestación por desempleo.-

Respuesta
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Para poder jubilarte anticipadamente es preciso reunir una serie de requisitos, en resumen:

- "Ley antigua" (disposición final 12ª. 2 de la Ley 27/2011): Cese de la última actividad involuntariamente antes del 01/04/2013, tener 30 años cotizados y cumplir los 61 antes del 01/01/2019.

-"Ley nueva" (Ley 27/2011): Hay dos opciones:

"Jubilación Forzosa": despedido por el art 51 ó 52c) del ET, 33 años cotizados, 4 años antes de la edad legal de jubilación (hay un periodo transitorio y dicha edad depende del año concreto de solicitud y de los años cotizados).

"Jubilación Voluntaria". Tener al menos 35 años cotizados, 2 años antes de la edad legal de jubilación.

En todos los casos hay coeficientes reductores por anticipo que minoran la pensión.

Si "disfrutas" del subsidio + 55 años y puedes acogerte a cualquier Jubilación Anticipada se te suspenderá el subsidio (te jubiles o no). Si NO puedes acogerte a una Jubilación Anticipada, el subsidio seguirá hasta la edad legal de jubilación.

Ten en cuenta que tanto el periodo de prestación de desempleo ("el paro") como el del disfrute del subsidio + 55 años SI computan para la jubilación (el SEPE cotiza por ti a la SS como si fuese tu empresa) y por lo tanto "suman" para los periodos de cotización.

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