La Indemnización por baja voluntaria de la empresa se puede embargar?
Me han embargado a mi ex y a mi la nomina por un impago de una carencia que pedimos, para poder seguir pagando la hipoteca, la cantidad asciende con intereses y todo a 21.000 €, esto lo ha ejecutado el juzgado . Los dos trabajamos en la misma empresa . La empresa ha abierto plan de bajas voluntarias estas bajas mad bien están destinadas a gente a partir de 58 años, pero por no llegar al cupo la empresa también nos ha dado a nosotros esta opción, yo tengo 42 años, bien, a mi me corresponde la cantidad de 70.000 € y he decidido apuntarme para poder pagar esa deuda, tanto mi parte como el de mi ex, ya que con lo que me van a embargar no puedo subsistir, cobro 1.900 brutos + o - 1.650 netos . Lo que no se es como se pagará esa deuda si la empresa de ese dinero solo ingresa en el número de cuenta que los juzgados la han remitido la cantidad que se deba de los 21.000 € o todo y yo debo reclamar el resto a los juzgados. .