¿Quien puede presentar jura de cuentas?
Una empresa me ha mandado una minuta estos días con la que no estoy de acuerdo puesto que nunca he firmado ni acordado nada con ellos (tenía un seguro de alquiler que me cubría las actuaciones legales en caso de impago por mi inquilino). En la minuta incluyen cosas que no se realizaron nunca incluso tarifan escritos que son propios del procedimiento. La reclamación la hace una empresa de la que nunca había oido hablar y no el abogado que firmó el procedimiento ¿puede presentar jura de cuentas una empresa o tiene que hacerlo el abogado? Además ya les he dicho que mi domicilio es otro y no hacen caso. ¿Si presentan jura de cuentas y no me notifican en mi domicilio puede celebrarse la jura sin estar yo presente? ¿Cabe la posibilidad de informar al juzgado de mi dirección para que llegado el caso me notifique ahí y no caer en indefensión?