El tiempo en IPT, ¿Me sirve para computar el periodo de base para jubilación?

Según mi vida Laboral tengo 34 años y 11 meses cotizados más 24 meses de servicio militar, tengo 60 años y según el calculo para jubilarme tendría que tener más de 37 años cotizados, si no me dan el alta de la IPT me faltaría tiempo de cotización, es mi duda o estoy confundido si el periodo de Incapacidad sirve para el periodo que me falta de cotización.

Posdata llevo 24 meses de IPT.

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Respuesta

El periodo de IPT no computa a efectos de la jubilación, puesto que se trata de una pensión a priori vitalicia.

Cuando llegues a la jubilación ordinaria te recomiendo que hagas un calculo de que es lo que te sale mas a cuenta si continuar con la pensión de incapacidad permanente o la jubilación.

Recordarte ademas que existe una opción de seguir cotizando, es el caso de los convenios especiales, es decir, tu te pagarías tus propias cotizaciones de tu bolsillo, para en un futuro incrementar la pensión de jubilación o para tener acceso a ella en el caso de no tener los años cotizados que te exigen.

En el caso de decidirte por un convenio especial es primordial hacer números primero de cuanto tendrás que pagar y que pensión te quedará, para ver, si vale la pena o no.

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