Notificaciones tablón anuncios comunidad vecinos

El administrador de mi comunidad ha publicado un escrito en el tablón de anuncios a efectos de notificar el acuerdo de iniciar procedimiento judicial por impago de cuotas. El hecho que alega en el escrito para su publicación es la imposibilidad de notificación por ausencia en domicilio. Este ultimo hecho es falso, puesto que si se han recibido todas las notificaciones (Burofax)

¿Es legal esta publicacion? ¿Puedo obligarse al administrador a retirarla por falsedad? ¿Se incumple la LOPD por publicar nombre y apellidos en un lugar visible?

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La lph prevé que las notificaciones de hagan en el tablón, si no se han podido hacer en el domicilio. Es decir, que si el administrador no miente, es legal y no incumple la lopd. Si miente...

Gracias. Efectivamente el administrador miente, y según entiendo de tu respuesta si se ha inclumplido la lopd. ¿Qué procedimiento debo iniciar a este respecto?

Si realmente no ha tratado de notificárselo y lo ha colgado directamente en el tablón, no ha seguido lo indicado en la LPH, en su artículo 9:

"Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente"

En cuanto a la LOPD, habría que hilar más fino. Sería necesario saber qué información personal figuraba en la notificación, así como el "nivel de exposición" que tiene algo expuesto en el tablón.

No es necesario identificarle directamente, con nombres y apellidos. Puede hacerse de forma que el interesado se dé por enterado, pero sin quedar expuesto públicamente (omitiendo datos innecesarios).

Por otra parte, hay que ver si el tablón de anuncios se encuentra en lugar de paso de terceras personas o si sólo lo ven los propietarios. La notificación no es confidencial. El resto de propietarios sabe (o debería saber) que usted tiene deudas y que la Comunidad ha decidido iniciar acciones legales. Quienes no tienen por qué saberlo son, por ejemplo, empleados de la Comunidad (servicio de limpieza, portero, cartero, ...).

En cuanto a qué hacer, en caso de que considere que, efectivamente, se han vulnerado sus derechos, puede denunciar ante la AEPD (https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formNuevaDenuncia/nuevaDenuncia.jsf ). Apuntar, no obstante, que en caso de detectarse un incumplimiento de la normativa, la AEPD sancionará a la Comunidad.

Si lo que se plantea usted es únicamente que se retire la nota del tablón, está usted en todo su derecho. Y ahí sí puede presionar, indicando que se da usted por notificado y que no existe razón alguna para mantener el aviso en el tablón.

La notificación se realizó por Burofax. Sin cumplir los 30 días de plazo para recogerlo en correos se publicó la notificación en el tablón de anuncios ¿En este caso, se ha incumplido la LPH, en su artículo 9? En caso afirmativo, ¿Cómo puedo proceder en este sentido?

Gracias de nuevo.

Si le envió un Burofax, trató de notificárselo. Desconozco cuánto tiempo esperó antes de colgarlo en el tablón de anuncios, por lo que es difícil valorar si su intención era notificárselo por esa vía ante la supuesta imposibilidad (aunque fuera un criterio equivocado) de hacerlo por medio del Burofax o si tuvo la clara intención de "publicitarlo" en el tablón, con objeto de hacer escarnio público.

La pregunta es, ¿hasta dónde está usted dispuesto a llegar para resarcirse de la ofensa?

Una primera opción sería presentar una queja ante el Colegio de Administradores de Fincas de su provincia. No hay muchas garantías de que surta efecto, pero en principio, los colegios profesionales deben velar para que sus colegiados cumplan estrictamente con la legalidad, así como con el código deontológico de su profesión. La ventaja es que este camino no tendrá coste alguno para usted.

Si quiere ir más allá y cree que tiene alguna opción en los tribunales (yo, personalmente, lo veo bastante complicado, aunque va por delante que no soy abogado), búsquese un abogado a quien consultar, con todos los datos y detalles en la mano (fecha de la notificación, nota colgada en el tablón, ...).

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