Para gastarte el dinero en Notario, te lo gastas en el Juzgado, y lo tienes más oficial.
Mira, la sentencia del Juzgado tras un mutuo acuerdo de reducción de pensión de alimentos, es lo máximo a nivel probatorio, que te va a valer de cara a Hacienda, a servicios sociales, comedor escolar, becas, etc (120 €)
Comparecer los dos ante Notario para decir que lo que ponía en una sentencia, ahora de mutuo acuerdo lo modificáis, tiene un valor probatorio muy alto porque el Notario da fe pública, pero como te decía para eso mejor en el Juzgado (60 €)
Un documento privado, sin que ni el Notario ni el Juzgado de fe publica, sirve entre los dos. En el supuesto de que uno de los dos se echara atrás, te denunciara por impago de pensiones, etc, sería el Juez quien valorara la prueba (30 €)
Lo de suprimir pensión de alimentos a favor del hijo, es un pacto contrario a Derecho, y en perjuicio de menores, y entiendo que no es válido