¿Se puede impugnar una asamblea de una asociación , por haber ruegos, sin estar en el orden del día?

Se puede impugnar una asamblea general extraordinaria de una asociación, por haber ruegos y preguntas, sin estar en el orden del día. En esos ruegos y preguntas solo se dieron opiniones no se tomo ningún tipo de acuerdo.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

En nuestra opinión, y sin conocer el caso concreto, como no se han tomado acuerdos en ese punto, no tendría sentido la impugnación.

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Debe considerar que el objeto de una impugnación no es la Asamblea sea ordinaria o extraordinaria, sino los acuerdos que se tomaron en su seno, por lo tanto si se celebró un turno de ruegos y preguntas no previsto en el orden del día, del cual, como era lógico, no surgió ningún acuerdo, no veo motivo alguno de impugnación, es posible que en el acta ni siquiera se reflejara lo tratado en ese turno de ruegos y preguntas.

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