Interés demora del antiguo propietario al nuevo
Tengo la siguiente duda he adquirido una propiedad con deudas con la comunidad, por ley y según consta en las escrituras tengo que pagar los tres últimos años, más el año de transmisión de la propiedad. Hasta aquí de acuerdo he ingresado todo el dinero. El problema aparece cuando la administrador de finca de la comunidad quiere que pague los intereses de demora. Como bien indica la propia palabra es interés de demora, yo no me he demorado en el pago de ninguna de las cuotas. ¿Por lo cual es responsabilidad del antiguo propietario no?, ¿Quería qué me confirmaran si es así o también debo de pagar dicho interés? Ya que no encuentro ninguna información al respecto. En caso de tener que pagarlo qué interés es el legal a aplicar para los cuatro últimos años.