Renuncia a herencia mediante renuncia a liquidación de gananciales
Hace 5 meses falleció mi madre, dejando testamento donde nombraba herederos a mis dos hermanas y a mi, de su 50% de ganciales, no habiendo bienes privativos. Ese 50% se reparte según el testamento de acuerdo a las legitima, correspondiendo a mis hermanas y a mi el 2/3 partes, y el tercio de libre disposición lo lego a su viudo, es decir mi padre. Este mantiene también el usufructo legal.
Como opción alternativa, a elegir por parte de mi padre, puede renunciar al legado del tercio de libre disposición, a favor de nosotros, a cambio del usufructo de la totalidad de los ganciales de mi madre.
Queremos renunciar a la herencia los tres hermanos, pero que lo perciba todo mi padre. Dado que renunciando los tres únicos herederos, no acrecentá a ninguno, no sabmos si en este caso se seguirían las normas de la sucesión abintestato, llamando como herederos a nuestros hijos, nietos etc. Mi padre estableció en testamento una sustitución para el caso de premoriencia o incapacidad.
Nos han propuesto en la notaria hacer en escritura publica con una simple renuncia a la liquidación de gananciales, lo cual acrecentaría al otro titular del otro 50%, que es mi padre. Esta solución parece apoyarse en una Resolución de la DGRN de 2 de febrero de 1960, BOE de 18 de febrero del mismo año.
Mi pregunta es si ustedes ven viable esta renuncia a los gananciales por parte de los herederos, y que efectos tiene sobre la herencia, es decir, en ese caso no me queda claro a que tributo estoy o no estoy sujeto, es decir, sucesiones, o donaciones, o ninguno. Dado que todos los bienes son gananciales, ¿ya no habría que liquidar ninguna herencia?