Mayoría simple o unánime para condenación de deuda parcial
Tenemos un constructor con una deuda contraída con la comunidad de propietarios, este nos pide una rebaja del 40% de la deuda.
Hacer esa rebaja, ¿Es una decisión que tiene que ser aprobada en junta? O ¿El presidente/a puede tomar dicha decisión? Es suficiente para ser aprobada la rebaja una mayoría simple o es necesario una Unanimidad.
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Respuesta de Poli Plos
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