Pago deuda comunidad anterior a la compra?
Soy propietario de un local desde el año 2008, que esta dentro de una comunidad de propietarios de varios locales y viviendas. Cuando compre la vivienda había una deuda de la anterior propietaria con la comunidad y en la escritura figura dos autos del Juzgado (Primero: 15.000€ +4.500€ de Gastos y Segundo: 2.140€ + 640€ de Gastos ) en "cargas e información registral" de anotación de embargo en el registro de la propiedad (de la comunidad contra la antigua propietaria). Deuda que originaron gastos con un constructor que esta con la empresa disuelta y por trabajos que no tenían que ver con la comunidad (algunos como urinarios, calefacción, pintura interior, etc, en un colegio dentro de la comunidad), pero que yo no me pude defender puesto que aún no había comprado la casa.
En el registro no hay ningún embargo a día de hoy. ¿Esta deuda esta prescrita o tengo que pagarla?.
En el juzgado parece ser que prescribe a los 5 años, ¿y en la escritura prescribe esa anotación?
¿Aunque estuvieran en "tramites de cancelación", según consta en escritura, y solo habla de "todos los gastos e impuestos, correrán a cargo del comprador", tengo que pagarlos?. ¿Por qué no hay ninguna carga en el Registro?
Desde que compre la casa en el año 2008, la comunidad, no me notificó ni convocó en ninguna reunión.