El valor de adquisición de un inmueble aumenta con el pago de deudas del anterior propietario?
He vendido un inmueble y en la declaración de la renta me toca calcular la ganancia patrimonial, según he leído para calcular el valor de adquisición en la página de Hacienda:
"El valor de adquisición estará formado por el importe real por el que se adquirió el bien objeto de transmisión, al que se sumarán el importe de los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses, que se hubiesen satisfecho por el ahora transmitente".
Mi duda es, puede considerarse como gasto inherente a la adquisición el pago de deudas de los recibos de IBI y de la Comunidad que ha dejado sin pagar el anterior propietario?. Según parece los inmuebles quedan afectos al pago de la anualidad en curso y las 3 anteriores, ¿esas cantidades que he pagado puedo ahora destinarlas a aumentar el valor de adquisición del inmueble?.