¿Se puede negar una comunidad de vecinos a entregar el certificado de deudas?

Estoy intentando comprar un piso y resulta que hubo daños causados por fugas de agua en el piso de abajo del que voy a comprar, los anteriores propietarios lo han pasado a su seguro pero entre el seguro y la comunidad no se ponen de acuerdo, cosa que yo no tengo nada que ver. Pues se niegan a dar el certificado de deudas hasta que no se arregle el tema, y el tema ya va para un año. ¿Lo pueden hacer?

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Lo que hace ese administrador demuestra que no tiene ni idea, no importa para nada si existe una averia.

El certificado de deuda solo debe indicar que esta al corriente de pago de du cuota mensual

Como ve la ley da una semana para emitirlo

Art. 9.E

En el instrumento público mediante el que se transmita, por cualquier título, la vivienda o local el transmitente deberá declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios o expresar los que adeude. El transmitente deberá aportar en este momento certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente. La certificación será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de Secretario, con el visto bueno del Presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión.

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No es que no me den a mi, es que no se lo quieren dar al propietario para que no venda la vivienda, y sin ese certificado no se puede hacer la compra-venta

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He encontrado este tema en la siguiente dirección y creo que puede ayudarte a comprender más sobre el mismo:

https://www.notariofranciscorosales.com/venta-de-pisos-errores-frecuentes-en-el-certificado-de-deudas-con-la-comunidad-de-propietarios/

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A ti como comprador la comunidad de vecinos no tiene por que dar certificado alguno, pero si al legítimo propietario.

Si no se lo da, acude con el propietario a la administración. Al menos que te enseñen en persona si hay deudas o algo así.

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