¿La administración publica puede rectificar un recurso?
Tengo un recurso de reposición presentado a una administración. En este momento estoy sin respuesta por lo tanto hay silencio administrativo. Se que tengo 6 meses para presentar contencioso-administrativo. Tengo 2 dudas sobre ello. Primero, el recurso se presentó el 11 de abril ¿Desde qué momento tengo que contar los 6 meses de plazo? Y la segunda, en caso de respuesta negativa, si yo presento cotencioso-administrativo ¿la administración puede rectificar su respuesta antes de llegar a juicio? ¿O esta obligada a llegar a juicio? Ya que si rectifica antes imagino que las costas no se ve obligada a pagarlas.
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Respuesta de Pedro abogado
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