Secretaria judicial sigue sin emitir oficios para cobrar herencia un año después de la sentencia firme.

La división de herencia de mi padre ha sido por vía judicial, con un procedimiento muy largo y muy complicado. Finalmente, hay sentencia (de mayo de 2010) que asigna un reparto de dinero del banco, además de mantener un inmueble indiviso. En la resolución de 31 de marzo de 2017 (para una sentencia de 2010, recurrida con sentencia de 2014) establece el reparto de ese dinero entre los coherederos, e incluye el texto: "Haciéndose saber a las partes que los oficios interesados así como la expedición de los correspondientes mandamiento de devolución, no se entregarán a las partes hasta que la presente resolución adquiera firmeza." No se cuanto tarda en adquirir firmeza una resolución judicial, pero creo que más de un año es tiempo de sobra. Hemos ido varias veces al juzgado, la secretaria judicial siempre asegura que lo hará a la semana siguiente, pero no lo hace. Mi pregunta es qué medidas puedo tomar contra ella para que suelte lo que es mío, porque creo que mi abogado no se mete a fondo para no enemistarse con ese juzgado, con el que tendrá que vérselas más veces a lo largo de su vida laboral. ¿El defensor del pueblo sería una opción? ¿Qué puedo hacer?

Respuesta
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Lo que tiene que hacer es presentar una demanda de ejecución de la resolución judicial. Ni aunque quiera la Letrada A.J. podría liberar esos fondos si no hay un auto previo, y un decreto. Andar con llamadas y visitas no sirve para nada, si hay un cauce legal previsto para ejecutar el asunto de que se trate. Eso lo pueden interponer el 1 de Septiembre.

El auto existe, y el decreto también. De hecho es en el decreto donde pone el texto que he incluido en mi pregunta inicial

Entonces presenten un escrito recordatorio, invocando la indefensión que se está infiriendo al incumplirse las resoluciones judiciales, y reiterando de forma explícita la petición de que libren los oficios. Si aún así no obtienen nada, presenten una queja ante el CGPJ; existe un protocolo de reclamación ante demoras indebidas, que ha de iniciarse pidiendo testimonio de auto y del decreto. En términos generales, la mera petición de testimonio con el fin de presentar queja suele dar resultados fulminantes.

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