Palomar lindando a vecinos, violación de intimidad.

Tengo una casa en el pueblo, y el vecino es columbaire, y siempre ha tenido el palomar arriba en su terraza, y de un tamaño como de 1,5m x 1,5m
El caso es que hace unos meses ha replanteado el palomar, y ha hecho un mega palomar de 4m x 3m en su terraza, y dado que su casa solo tiene 4m de ancha, pues el palomar está ahora lindando justo en mi casa, y justo tambien en la del vecino del otro lado.
Yo quisiera saber si la normativa de luces y vistas, (Artículos 580-585 del código civil) se puede aplicar en este caso (palomar de un columbaire federado), ya que por supuesto veo violada totalmente mi intimidad, y el vecino del otro lado, pues lo mismo.
¿Qué se le podría exigir al dueño del palomar en este caso?
¿No tendría que tener el palomar a por lo menos 2m de cada vecino?

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La violación de intimidad por el motivo que expresa yo no la veo, en todo caso podrá oponerse a esa instalación si demuestra que perjudica sus intereses o derechos.

Entonces,  no puedo abrir una ventana hacia el vecino, a menos de 2 metors de su linde,  y sin embargo él puede tener un palomar con vistas de 360º en el linde justo de todos los vecinos.

No entiendo.

Gracias.

Puede intentar oponerse invocando esa servidumbre de vistas, como le digo, no lo veo fácil.

Ante todo gracias por responderme tan pronto.

El vecino no tiene ninguna servidumbre de vistas.

Y el palomar lo ha hecho, como digo ocupando justo hasta los varios lindes de su casa, y ademas, con una estructura que lo eleva como unos dos metros sobre su casa, y sobre las de los vecinos, que tenemos todos las terrazas aproximadamente a la misma altura.  O sea todos tenemos las terrazas a la misma altura, con sus paredes (barandillas altas de 2 metros) para no vernos unos a otros, como debe ser. Y él se sube unos 2 metros, por encima de nuestras paredes  con lo cual nos está viendo a todos tranquilamente.  Si eso no es violacion de intimidad.

No dice la ley que hay que dejar 2 metros, con vista recta al vecino,  para poder abrir ventana o balcon, o cualquier cosa que pueda ver a los vecinos??

Entonces Él, que no esta a 2 mtros, ni 1, ni medio, está een el linde.

Ya se que no tiene srvidumbre de vistas, si está actuando como si la tuviera, en el criterio de usted, a mi no me tiene que convencer sino al juez para solicitar la retirada de ese palomar.

Sí,  lo quiero denunciar, porque esto se ha vuelto inaguantable.
Lo que quisiera es poder denunciarlo, como diría Arguiñano, con fundamento. O sea, sabiendo qué normativas citar en la denuncia.
Las de salubridad ya las tengo localizadas, pero me falta saber si la norma de luces y vistas la puedo citar también.
Saludos. Y disculpe si en algún momento ha podido parecer que discutía con usted.

Creo que conviene matizar:

Denunciar en su acepción jurídica más usada es poner de manifiesto ante la autoridad hechos que se consideren delito o infracción. También significa romper unilateralmente un contrato o pacto. Lo que no significa aunque así se use en el lenguaje vulgar es poner una demanda, que es lo que procede si quiere ejercer la acción denegatoria de servidumbre.

Le ruego si no necesita más, cierre y califique.

Gracias

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