En un principio y partiendo de que su padre no dejó testamento, cualquier notaría, letrado o gestor pensaría ya en lo que queda... un testamento abintestato, que no es mas que un testamento con el orden mínimo que prevé la ley y no la voluntad del fallecido que en vida no hizo y con ello hay que tener en cuenta que el orden de sucesión sería 1º los hijos del fallecido, 2º sus padres, (en este caso los abuelos de uds si aún vivieran), etc.. y en base a ello resulta que la viuda no hereda apenas nada. Solo un mínimo. Dicho esto y aunque uds no quieran, son forzosamente como hijos los herederos de la parte de su padre. Primeramente les habrán indicado que acepten la herencia, (aunque uds quieran que su madre posea toda la propiedad), porque ella no puede heredar ese total. En segundo lugar, si simplemente no hacen nada, ( con ello digo que ni aceptan ni renuncian ), por peso igualmente quedarían uds señalados como herederos... y al no haber gestionado nada, pasados los 6 meses, Hacienda les puede requerir y sancionar por no pagar el IMPUESTO DE SUCESIONES y el ayuntamiento LA FAMOSA PLUSVALIA.
Lo que a mi juicio les aconsejo es que primero observen si su padre tenía deudas por si efectivamente les conviene aceptar la herencia. Caso de que no hubiera problemas, aceptar la herencia, de forma que su madre, (si tenían bienes gananciales en el matrimonio ), se quedaría con un 50% de la propiedad y uds un 16% cada uno. Como ella está en vida, puede usar y disfrutar, (usufructo) la vivienda y ud ser propietarios en concepto de "nuda propiedad", o sea, que les corresponden unos porcentajes pero no pueden disponer de la venta o alquiler de la vivienda ya que su madre posee el 50% y la usa como vivienda habitual. De hecho, teniendo la nuda propiedad uds en declaraciones de la renta no tributan nada.
Ya mas adelante y cuando falleciera su madre, obtendrían uds ese 50% de ella... y serían completos propietarios.
De todas formas, aunque por cualquier motivo su madre no tuviera derecho al usufructo vitalicio, si uds no ponen problema, puede seguir viviendo como siempre..., pero uds gestionen la aceptación porque el no hacer nada no les libra del derecho de sucesión que les otorga la ley., así que o aceptan con los consiguientes pagos y gestiones o ante notario de forma tácita rechazan ese 50% de su padre.
Un cordial saludo.
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