Cuando empieza a contar el usufructo ?desde el fallecimiento del familiar o desde la firma de la herencia?

Mi madre falleció teniendo yo 39 años (yo cumplo años en septiembre )y mi madre (qepd )falleció en diciembre dejando testamento y nombrandome usufructuario vitalicio de una vivienda y un parking, según mi abogado debería de contarse mi %del usufructo en un 48%, haciendo referencia a la tabla de la edad media hasta los 88años, o sea contando que debería ser valorado desde los 40, yo estoy casi seguro que el cálculo es hasta los 89, caso por el que mi %del usufructo debería ser valorado en un 50%y no en un 48%, tratándose de cantidades redondas a asignar y repartir en lo que a la masa hereditaria se refiere y a mi tercio sobre la nuda propiedad se vería importantemente mejorado.

¿Estoy en lo cierto o la edad cuenta desde otra fecha?

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Los cálculos se suelen referir a la fecha en que se devenga el derecho, es decir el fallecimiento del causante, ya que la escritura de aceptación puede hacerse a voluntad de los herederos.

Muchas gracias Pedro, entonces estoy en lo cierto y tengo derecho al 50%...había leído que cada año que pasaba se perdía un 1%... pero eso tampoco es así, ¿cierto?

Muchas gracias por su opinión

En mi opinión la fecha de reconocimiento de ese usufructo a efectos fiscales es la de fallecimiento de su madre, por lo tanto vale el 50% del valor total.

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