Está obligado el administrador a enseñar si se le requiere el justificante de delegación de voto?

¿Hay alguna ley como protección de datos u otra que prohíba al administrador mostrar la autorización de una delegación de voto? Y en caso de que la propiedad pertenezca a una empresa, ¿tiene la persona física que entregar copia de poderes? ¿Puede cualquier vecino solicitar ver dichos poderes o hay protección de datos o algun artículo por lo que el administrador no pueda mostrarlos?

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Los Administradores tienen cierta tendencia a ampararse en la protección de datos para proteger información de los comuneros, cuando la propia Agencia Española de Protección de Datos ha manifestado que los comuneros tienen derecho a acceder a dicha información, siempre y cuando exista una justificación para ello y siempre que esa información no se utilice para otros fines que los que han justificado el acceso a ella.

Por supuesto que usted, como comunero, tiene derecho a que le muestren la documentación que acredita que una persona tiene la capacidad de votar en una reunión, ya sea por ser propietario o por ser el representante de uno.

Hay algún artículo ley que me puedas informar?

Le puedo mostrar una respuesta de la AEPD en relación a la pregunta de si los comuneros tienen derecho a conocer la dirección a efectos de notificaciones de los copropietarios. La respuesta es clara en el sentido que le indicaba. Si existe un motivo para que soliciten esa información y hacen buen uso de ella, tienen derecho.

Obviamente, no es el mismo caso, pero entiendo que con más motivo tienen ustedes derecho a verificar que una representación es legítima. De lo contrario, estaríamos ante una desprotección evidente.

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