Datos biométricos como motivo para solicitar despido por cambio sustancial de condiciones de trabajo?

En mi empresa están implantando un nuevo sistema de registro de jornada basado en huella dactilar. No custodian los datos guardados como biométricos, aunque eso es tema aparte.

El caso es que quisiera saber, dado que no tengo intención de dejar que registren mi huella, si puedo alegar este hecho como una modificación sustancial en las condiciones de trabajo para pedir la cuenta e irme con indemnización.

Por lo que he visto, legalmente (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores)se detalla una lista de causas que constituyen motivos válidos para pedir algo así. Pero la lista no es exhaustiva. Puede haber casos que se consideren válidos aunque no estén en esa lista.

Teniendo en cuenta que la huella dactilar se considera dato biométrico, y que éstos son datos de categoría especial (la categoría de más alto nivel de protección en la ley de protección de datos), ¿podría considerarse motivo válido para conseguir esa indemnización?

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Como bien dice, los datos biométricos están considerados de alto nivel en la Ley de protección de datos, si la empresa cumple con la normativa (hay empresas que se encargan de ello) y aseguran la custodia de estos datos, no seria posible alegar este motivo para la suspensión de contrato por modificaciones de las condiciones de trabajo, y más cuando esta medida ha sido implantada para cumplir con la nueva normativa de registro de jornada, obligatoria para todas las empresas.

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