Deducción por cónyuge con discapacidad a cargo

En el borrador me han aplicado una deducción, por cónyuge con discapacidad.

El problema es que no se si me corresponde. Sabéis que requisitos son necesarios, para saber si esta bien aplicada

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Que su cónyuge no tenga rentas superiores a 8000 euros. El concepto de rentas no es el mismo q el de ingresos. Por ejemplo, si su mujer tiene una pensión con ingresos de 9000 euros, su renta a efectos del límite anterior sería de 7000 euros y por lo tanto podría aplicar la deducción

Muchas gracias. Si su pensión es de una invalidez absoluta por la cual no tiene retención del IRPF.  Se considera exenta? 

Lo que no me queda claro es lo del limite anterior

P

Buenos días Julio:

sigo teniendo una duda, en la normativa  de la agencia tributaria, pone rentas superiores a 8000 € , excluidas las exentas.

lo que me pierde es saber a que se refiere con exentas.

otra duda que tengo es que me lo ha  aplicado hacienda en el borrador,

sin yo pedirlo

Rentas exentas son rentas que no deben tributar. La pensión por incapacidad permanente absoluta está exenta por lo que su mujer no tiene que declararla. Cuando la Ley habla de "rentas superiores a 8000 euros excluidas las exentas" se refiere a que no suman para calcular si exceden el limite de 8000 euros. . Para que me entienda mejor, lo que cobra su mujer de pensión es como si "no existiese para Hacienda", así que si su mujer sólo cobra esa pensión, para Hacienda no "cobra nada" y por lo tanto estaría por debajo de los 8000 euros.

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