Del mismo modo que me solicita a mí que argumente mi respuesta, cosa que haré a continuación, le sugiero que haga lo mismo con su Administrador.
En cuanto a por qué debe repararlo la Comunidad:
Para empezar, porque se trata de calefacción centralizada y, por tanto, comunitaria. Si la avería no se ha producido por mal uso o negligencia, dado que es un elemento comunitario, debe ser reparado por la Comunidad. Si su Administrador alega que la válvula en cuestión es privativa, puesto que sólo le da servicio a usted, le puede indicar que, según el artículo 396 del Código Civil, al estar fuera de su vivienda, es comunitaria. El mencionado artículo, del que extraigo unas líneas, dice que las conducciones de calefacción (entre otros muchos elementos) son comunitarias en todo el tramo que discurre por elementos comunes (como es el descansillo de su planta).
"(...) conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo (...)"