Dudas con derecho de Habitación.
He heredado junto con tres hermanos más la vivienda de mis padres y éstos dejaron escrito en el testamento lo siguiente:
PRIMERA: "Prelagan a su hijo Don xxx xxxx xxxx (YO) el DERECHO DE HABITACIÓN de la participación que al liquidarse la sociedad de gananciales habida con su esposa, con exclusión del legado de valor o cantidad al que se refiere el artículo 1.380 del código civil, se adjudique al testador con respecto a la finca sita en xxxxxxx con número registral xxxxx del registro de la propiedad de xxxxxxxx.
SEGUNDA: "Instituyen herederos por partes iguales de todos sus bienes a sus citados hijos..."
Ese derecho de habitación me lo concedieron a mi, pero tengo algunas dudas:
-¿Cuándo se extingue ese Derecho de Habitación?
-¿Tengo pareja... ¿Podría vivir ella conmigo en la vivienda o ese derecho es única y exclusivamente para mi?. En caso de no poder, ¿Y si contraigo matrimonio, podría vivir conmigo?
-Teniendo en cuenta que somos cuatro herederos, y por tanto, los cuatro "somos dueños" de la vivienda ¿podría alguno de mis hermanos instalarse aquí, o solamente puede gozar del derecho el habitacionista?
-En caso de querer vender la vivienda mis hermanos, ¿pueden hacerlo siendo siendo yo habitacionista?
He cuidado durante 12 años de mis padres, mis hermanos se desentendieron desde el minuto cero pese a ser dependientes totales y con bajos recursos, por lo que no pudieron contratar a una persona que les atendiese y cuidase. Durante todo ese tiempo yo viví con ellos porque me separé y me quedé sin trabajo simultáneamente en 2012 y ese es el motivo por el cual decidieron prelegar en mi el citado derecho.