¿Cómo demostrar inversión de gananciales en vivienda por herencia?

Tras la venta de la vivienda habitual, en régimen de gananciales, adquirimos una vivienda familiar por herencia, compensando a la otra heredera económicamente, con lo cual se invirtió todo el dinero de la venta anterior y, además, hubo que solicitar un préstamo, ya que era una propiedad mucho mayor.

Yo, al no ser heredera no aparezco en la Escritura de Protocolización de Cuaderno Particional, así que posteriormente mi marido me hizo donación de la mitad de la vivienda.

Ahora hacienda me reclama bastante dinero por la venta de la primera vivienda y afirma que no hice reinversión en el plazo de los dos años que estipula la Ley para estar extenta de gravamen.

¿Cómo alego este hecho?.

Y, por otra parte, cuando se compensa con dinero a la otra parte interesada en una herencia ¿estamos ante una transmisión onerosa?.

El artículo 1355 del Código Civil permite que los cónyuges, de común acuerdo, puedan atribuir el carácter ganancial a cualquier bien adquirido a título oneroso durante el matrimonio .

Artículo 1323.

Los cónyuges podrán transmitirse por cualquier título bienes y derechos y celebrar entre sí toda clase de contratos.

En consencuena, ampara que de mutuo acuerdo los cónyuges atribuyan la condición de ganancial tanto a un bien privativo como a un bien en parte ganancial y en parte privativo.

No sé si algo de esto serviría.

Respuesta

Dada la complejidad de este caso, y teniendo en cuenta la petición de la Agencia Tributaria, os aconsejo acudir a un Abogado Fiscalista experto y/o pedir cita personal a la Agencia Tributaria para discutir/aclarat todos los extremos de este caso

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Como estás. Según esgrimo de tus palabras. No creo que podáis alegar nada por qué habéis cometido un error .

El mero hecho de que tú marido te done o aporte a la sociedad de gananciales vuestra nueva vivienda no significa que se de por reinvertida la cantidad por la venta de la casa anterior.

Habéis vendido vuestra vivienda habitual que era el 50% de cada uno. Y habéis solicitado exencion por reinversión. Pero solo ha reinvertido tu marido. Por que la vivienda heredada es privativa solo de tu marido. Y es independiente de que posteriormente te donará a ti la mitad.

Como consecuencia hacienda te reclama tú parte de la ganancia patrimonial ya que considera que no está reinvertida.

Soy David Perez Asesor Fiscal y si quieres que continuemos con esta conversación por WhatsApp que es las fluido. Te dejo mi web para que tengas mi teléfono. Todas las consultas las resuelvo gratis.

Asesorfiscalsierra. Es

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