Tutela hijos en caso de muerte de madre y padre dependiente

Buenos días. En el caso de que la madre falleciese y el padre fuera dependiente (dependencia severa Grado II nivel II), ¿Quién cuidaría de mis hijos? ¿podría dejar arreglado algún documento para que cuiden de mis hijos mi familia estando él por supuesto? Ellos son los más cercanos y los que están día a día con ellos. La familia de él vive más lejos.Es mi gran preocupación ahora mismo, puesto que me han operado de urgencia y ha corrido peligro mi vida. Rogaría me contestaran, les estaría muy agradecida. Gracias.

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B. Tardes, la dependencia de sustancias alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicas u otras formas graves de fármacos que puedan comprometer la salud, la seguridad y la moralidad del niño, niña y adolescente, son causales para que un familiar cercano, abuelos, hermanos, pudieran optar por la tutela, tomando en cuenta su situación de salud, pero solo el padre y la madre pueden solicitar por medio de representación de un abogado ante un tribunal competente, la acción es una declaración judicial de privación de patria potestad. Las causales antes expuestas deberán ser comprobables, tanto como lo que declara su madre y lo que expone de la otra parte, para que sea posible la declaración judicial de privación de patria potestad, decisión que solo la emana un Juez. 04143724246 Abog. Jackie Hernandez

Buenas noches, la dependencia a la que me refiero no es a ninguna sustancia, sino a que es discapacitado (a consecuencia de un ictus cerebral) por lo que tiene una dependencia catalogada como Severa Grado II nivel II y necesita de otra persona para poder realizar muchas actividades de su vida cotidiana.

B. Noches, si estas declara a muerte clinicamente, y tu esposo esta en discapacidad

Absoluta, en ese caso sería la acción de procedimiento de tutela, de la misma manera

Deberá procederse ante un tribunal de niño, niña y adolescentes, en la solicitud de ese

Procedimiento antes dicho, además de los elementos de prueba de discapacidad absoluta

De tu esposo y la referencia clínica de tu estado a morir, tendrás que exponer 4 personas

Familiares o amigos que sean posibles candidatos para que suman la tutela permanente.

Es menester los servicios de un Abogad@ en materia civil. Esto es posible si puede

Probarse la perdida de ambos padres. Abog. Jackie Hernández

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