Plaza temporal

Tengo una duda que espero pueda solventar. He trabajado durante 6 años en una administración pública, ayuntamiento concretamente. Hace un tiempo sacaron mi plaza, a la cual no pude ni presentarme puesto que la sacaron con titulación superior que yo no tenia en ese momento. La plaza en cuestión la sacaron como temporal por un año con posibilidad de prorogar el contrato. Quisiera saber si hacerlo así es legal y por cuanta tiempo pueden prorrogar el contrato. Por que tengo entendido que una vez lleves 2 años en la misma empresa ya eres indefinido. Puedo reclamar de alguna forma.

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Tendría que saber que tipo de contrato tienes, si es uno de obra o servicio no pero si es un eventual por circunstancia de la producción al estar 2 años estaría en fraude de ley y si se reclama podrías pasar a indefinido
Disculpa, creo que no me expliqué bien. Sacaron mi plaza, a la cual yo no me pude presentar por lo que te comenté. Yo denuncié en su momento, y el juez dicto despido imrocedente pero ellos optaron por la indemnización. Mi pregunta es referida a la persona que ocupó mi plaza. Las bases de dicha plaza decían que era temporal por un año con posibilidad de prorrogarse. Quiero saber si eso es legal y por cuanto tiempo pueden prorrogar el contrato, por que ya lleva 2 años trabajados. Se puede reclamar de alguna forma. Gracias
No te puedo contestar bien, debido a que no soy experto en la función publica.
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Perdónenos, pero no le entendemos bien. Esperamos haber acertado en lo que pensamos le he ocurrido.
Creemos que lo que usted nos quiere decir es que estaba en un Ayuntamiento realizando la plaza "X", que le han ido prorrogando el contrato año tras año hasta llegar a 6 (desconocemos si se ha tenido que presentar cada año a un examen o no); que el Ayuntamiento ofertó su plaza que venía desarrollando estos 6 años, pero usted, al carecer de la titulación necesaria, este año no ha podido presentarse, por lo que ahora está sin empleo, pues su plaza la ocupa otra persona. ¿Es correcto?
Si es así, en principio el Ayuntamiento puede modificar las bases de la convocatoria según las necesidades del puesto, siendo totalmente legal que dichas necesidades puedan cambiar.
Legalmente, podrías abordar el tema como dices sobre el tema de la temporalidad contractual. Si bien no es del todo cierto que a los dos años tu contrato se transforme automáticamente de temporal a indefinido cuando, dentro de un periodo de 30 meses, se supera el plazo de 24 meses de contratación, mediante dos o más contratos temporales, para el mismo puesto de trabajo, con la misma empresa, directamente o a través de ETT.
Si esa es tu situación, es posible que pudieses reclamar la reincorporación a tu puesto habitual de trabajo por celebración de contratos en fraude de Ley, siguiendo las directrices y requisitos demandados por tu Ayuntamiento en años precedentes. Pero todo depende de los pormenores de tu caso, por lo que deberías acudir a un abogado, para que lo estudie con detenimiento y te pueda dar una solución más completa (desde aquí no podemos revisar tu contrato ni acceder a la normativa del Ayuntamiento, por ejemplo).
Esperamos haberte orientado, aunque sea poco.

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