Vivienda y censo poblacional

Saludos me llamo Javier
Tengo una vivienda en copropiedad con mi hermana desde el año 2003.
De momento no residimos en ella, aunque de cara a Hacienda figura como vivienda habitual y por la misma pagamos hipoteca y nos desgravamos por ella.
Actualmente no estamos empadronados en ella y me gustaría saber si sería bueno estarlo, así como, en caso de hacerlo, ¿qué sucede si el agente que renueva el censo poblacional pasa en una fecha que no estamos allí? ¿Enviaría los datos a la agencia tributaria?
También me gustaría saber, en caso de que necesitara una consulta más detallada en un despacho de abogados ¿de qué especialidad debería ser?
Muchas gracias por tu tiempo

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Para que la vivienda tenga el carácter de habitual hay que conservarla, a efectos fiscales, como mínimo tres años y residir en ella seis meses al año. No es el caso.
Es difícil que Hacienda se "fije" en Vds. para comprobar esa desgravación, (son inspectores son "finos" en la búsqueda pero no tanto. Les interesan más los peces gordos, ellos buscan la rentabilidad del funcionario y la fórmula :"cuanto tiempo emplea el inspector, cuanto recauda" y no olvide que están primados por recaudar mucho, luego Vd. y yo somos peces chicos, no somos "rentables").
No obstante, no vaya a ser que alguno lea esto y nos busque las cosquillas, si reside en la misma comunidad autónoma en la que se encuentra la casa y presenta la declaración de la renta en la misma comunidad, yo me empadronaría por si las moscas, aunque no fuera verdad. (Acaba de hacerlo nuestra vicepresidenta de Gobierno María Teresa de la Vega para presentarse a las elecciones por Valencia. Así que si ella puede, Vd. y yo que también somos hijos de Dios, podemos).
Cuando revisen el padrón, cada cuatro cinco años, no estoy seguro, le darán de baja, y luego vuelve a darse de alta diciendo que cuando pasaron con el padrón estaba ausente... y a vivir que son dos días.

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