Cambio administrador sll

Soy socio de una sll compuesta por tres socios, los tres somos socios administradores y estamos mancomunados dos a dos. En la empresa tenemos una linea de crédito en la que estamos avalando dos de los socios porque el tercero no tiene ninguna propiedad. Este tercer socio que no avala, hace un tiempo que ha empezado a cambiar y su trabajo lo esta descuidando al igual que la empresa. El otro socio avalista y yo estamos pensando en lo que podemos hacer para cambiar la situación de la empresa con este socio, ya que encima de que no cumple bien su trabajo, no tiene nada que perder porque no avala con nada. No sabemos si es posible que se le pueda quitar su puesto de administrador dentro de la empresa, si que nos ceda parte de su porcentaje en la empresa a nosotros dos, ya que el no corre ningún riesgo en el caso de que vaya mal la empresa. Los tres tenemos el mismo sueldo.

1 respuesta

Respuesta
1
Muy sencillo, convocan una junta general extrordinaria de socios con el orden del día.
"Cese de miembros del órgano de administración"
Siendo ustedes dos entiendo que tendrán la mayoría del capital social, por lo que pueden destituirle como administrador cuando quieran.
En cuanto a su salida como socio ya está más complicado, dado que o llegan a un acuerdo para comprarle su parte o es complicado echarle (habría que ver si incumple prestaciones accesorias en caso de haberlas, etc.).
Gracias por la rápida contestación.
En su situación de solo socio sin ser administrado, ¿no tendría poder de decisión sobre la empresa? ¿Qué supondría que solo fuera socio y no administrador?
Siendo socio tiene derecho a asistir a las Juntas, que es donde se deciden y votan por mayoría las cosas importantes (es obligatoria una anual para aprobar las cuentas) pero en el día a día de la empresa no puede influir lo más mínimo ya que eso es labor del órgano de administración. Así que lo único que podría hacer es pedir a los administradores que le informen de cómo va la empresa y poco más...
Eso sí, tengan cuidado porque a las Juntas hay que convocarlo en la forma que digan los estatutos (normalmente correo certificado) porque si no puede impugnarlas judicialmente y ganaría el pleito sin problemas.
Gracias de nuevo. Una ultima pregunta, seria necesario un cambio de escrituras de la empresa con notario incluido, ¿si al final por votación cesamos al socio como administrador?
Sí, es necesario elevar esos acuerdos a público en la Notaría y también inscribirlos en el Registro Mercantil.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas