¿Con cuánto tiempo de preaviso debe comunicar el empresario al trabajador el traslado a otro centro de trabajo?

En mi contrato especifica que trabajo en un centro determinado pero también hay una cláusula en la que se acepta que 'pueda realizar las funciones en otro centro de la empresa'. Me entregaron un documento en el cual acordabams que yo dejara de prestar servicios en el centro actual para prestarlos en otro centro al día siguiente.

Mi pregunta es: ¿Con cuánto tiempo de preaviso tienen que comunicar dicho traslado? ¿Dónde viene regulado? Y ¿Cómo actuar al respecto?

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Échale un vistazo al art. 40 del Estatuto de los trabajadores, el cual establece:

La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.

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