Firma escritura sin registro de propiedad

El banco me exige que para la firma de la escritura de compraventa en una obra nueva tiene que estar en registro publico de la propiedad división horizontal y finalización de obra inscrita.

Desde la gestoría de la promotora me dice que no todos los bancos lo piden y de hecho con el que tiene el préstamo la promotora no lo requiere y puede firma la escritura de compraventa.

¿Esto es así? ¿Me puede penalizar la promotora porque la firma se retrase porque mi banco solo firme la hipoteca cuando este accesible en el registro de la propiedad?

2 respuestas

Respuesta
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Entiendo que con independencia de lo que exija el banco, el comprador de una vivienda en propiedad horizontal debe exigir, para su seguridad y tranquilidad,, que aparezca inscrita en el Registro de la Propiedad, tanto el fin de obra como la división horizontal.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Efectivamente, la mayoría de bancos solicitan que el inmueble este inscrito con la división horizontal y el fin de obra. Esto supone una garantía para usted, que podrá tener cedula de habitabilidad y una vivienda legal.

En el caso de las promociones de obra nueva, mientras se esta construyendo, no es habitual una hipoteca como tal, hasta el momento de la compra. Y los pagos a cuenta realizados deben estar avalados...

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