¿Hay qué pagar mantenimiento de ascensor y escaleras departamentos bajos en condominio con salida directa a la calle-Ecuador?

Soy propietario de departamento bajo en condominio con salida directa a la calle y garaje independiente al resto del condominio. Únicamente dispongo de una bodega dentro del edificio.

¿Tengo qué pagar reparación y mantenimiento de ascensor o escaleras del edificio? Entiendo que NO por reglamento de propiedad horizontal Art.5, segundo inciso ( El dueño o dueños del piso bajo, no siendo condóminos y los del subsuelo, cuando tampoco lo sean, quedan exceptuados de contribuir al mantenimiento y reparación de escaleras y ascensores).

¿Es correcta mi interpretación?

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Por la escasez de medios y que tampoco tengo demasiada información, le voy a responder MUY BREVEMENTE, pero dándole una idea de como funciona este asunto, que por otra parte es muy controvertido y que está fundamentado, principalmente en las Sentencias de distintos tribunales de justicia A SABER:

1.- El mantenimiento del ascensor y la limpieza y mantenimiento del portal del Edificio, corresponde, únicamente, a aquellos propietarios que tienen acceso al Portal.

2.- Lo que los tribunales establecen como obligación de pago, para todos los propietarios, es la Instalación o Renovación, del ascensor (si ya estuviese instalado).

3.- No quiero entrar en los requisitos que harían falta para la Instalación de un ascensor nuevo, por no haber, previamente, ninguno.

4.-

Muy amable Pedro, está hablando para el caso específico de Ecuador?

Yo tengo acceso al portal, pues dentro del edificio en el sótano tengo una bodega. Pero mi departamento está fuera del edificio, pertenece al condomino pero está en el exterior. Es un bajo con salida directa a la calle e igual el garaje, totalmente independiente.

Es por ello, que yo creo podría acogerme al artículo del reglamento de propiedad horizontal que citaba, el 5 inciso dos. Pero es algo confuso este artículo, a qué se refiere con: "NO SIENDO CONDÓMIINOS". Yo ni siquiera tengo que entrar al edificio para acceder a mi propiedad.

Estoy en lo cierto o no? gracias

Ya le dije la escasez de información y, lamentablemente, solamente conozco la Legislación Española.

Lamento no poder ayudarle

1 respuesta más de otro experto

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¡Gracias! Sigo con incertidumbre para el caso de Ecuador. Hay confusiones aquí al respecto. Yo personalmente interpreto, que por vivir en departamento totalmente independiente al edificio, con salida directa a la calle se me imputan gastos comunes que no deberían, pues no requiero para acceder y disfrutar de mi vivienda.

Actualmente los copropiatarios de los bajos estamos intentando que nos resuelvan estas inquietudes, por sentirnos perjudicados. Además, por ser nuestras áreas exclusivas mayores pagamos un porcentaje mayor que el resto del edificio por servicios que no utilizamos (casi un 30% nos imputan a nosotros). Sí es cierto que disponemos dentro del edificio de una bodega en el subsuelo, quizás entiendo que a razón de este metraje podríamos pagar esos bienes que no utilizamos para el uso y disfrute de nuestro departamento o aparcamiento (también en el exterior dentro de nuestra área exclusiva).

saludos,

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