Cláusulas Contrato de CompraVenta Vivienda Nueva
Recientemente hemos reservado una vivienda sobre plano, la semana pasada la Promotora nos indicó que iban a empezar las obras en breve y nos mandaron el Borrador del Contrato de Compraventa de dicha vivienda para empezar a pagar nuestras cuotas hasta entrega de llaves.
La cuestión es que hay ciertas cláusulas que nos ponen que quedan un poco ambiguas y quizás fuera del marco de la legalidad y necesitaríamos una segunda opinión.
* Cláusula 5ª - PROYECTO DE OBRAS Y MODIFICACIONES
"La parte vendedora se reserva el derecho de efectuar en las obras, las modificaciones que oficialmente le fuesen impuestas por la autoridad competente, así como aquellas otras que vengan motivadas por exigencias técnicas o jurídicas puestas de manifiesto durante su ejecución,
en tanto no supongan una alteración significativa del objeto de este contrato. Tales modificaciones, cuando sean motivadas por causas diligentemente no previsibles, deberán contar con la aprobación del adquirente si conllevan modificación del precio. [...] En el caso de que tales modificaciones supongan una alteración significativa del objeto del contrato o del precio, la parte compradora podrá optar por resolver el contrato con devolución de las cantidades anticipadas a cuenta."
* Cláusula 6ª - GASTOS Y TRIBUTOS
6.1. Gastos que asume la parte compradora desde la puesta a disposición del inmueble objeto de
Este contrato.
El Comprador, a partir del día en que se pongan a su disposición la finca objeto de venta, vendrá obligado, a partir de la entrega, a pagar todos los gastos, impuestos, tasas y arbitrios que se refieran a los inmuebles objeto de este contrato, aunque figuren a nombre del Vendedor. También serán de cuenta del Comprador los gastos y tributos desde la puesta a disposición de la finca si la entrega se demora por causa que le sea imputable. Serán de cuenta del Comprador los gastos a los que tenga que hacer frente el titular de la finca, en la proporción que corresponda y a partir de la entrega de llaves de las mismas, para el supuesto de que, a requerimiento del Ayuntamiento, la edificación deba integrarse en cualquier entidad o asociación de carácter urbanístico para el mantenimiento y conservación de la urbanización del sector de planeamiento al que pertenecen.
6.2.- Tributos y otros gastos.
Son de cuenta del Vendedor:
- Los gastos de la declaración de Obra Nueva y División en Propiedad Horizontal del
edificio, incluso su escrituración e inscripción registral.
- Los gastos correspondientes a la constitución y división de la hipoteca que garantice
los préstamos, así como los de cancelación en el caso de que no se produzca la
subrogación por el Comprador en dichos préstamos; y el Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).
Son de cuenta del Comprador:
- Producida la subrogación en los préstamos hipotecarios, los gastos de cancelación de
la hipoteca.
- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad documentos notariales, que grava la escritura de compraventa y, en su caso, la subrogación en el préstamo hipotecario, así como todos los demás tributos y gastos que se originen por los actos, negocios jurídicos y escrituras derivadas del presente contrato.
Todos los demás tributos y gastos serán de cuenta de la parte a la que legalmente le
correspondan."