Cambio de titular de vehículos de empresa a socios por cierre. Sin liquidación.

Hemos cerrado la empresa, una S.L, pero todavía no se ha liquidado.

Tenemos dos coches y una moto a repartir entre los socios.

Los dos no comerciales se compraron de segunda mano a particulares sin IVA y tienen, uno 16 años y otro 12, se compraron, uno hace 10 años y el otro 6 años respectivamente. La moto se compró nueva con factura hace 10 años. La pregunta es saber cómo de vemos de adquirirlas a nuestros nombres. Y que documentación se precisa. ¿Hay qué hacer facturas? Con factura con IVA o factura exenta de IVA. O solo el impuesto de transmisión tal cual.

3 respuestas

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Si se van a adjudicar a los socios en pago de sus participaciones sociales no parece una operación sujeta a IVA, tendrán que pagar el ITP en todo caso.

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Dependerá de en qué situación estén liquidando la empresa. Si existen deudas, eso sería alzamiento de bienes, salvo que emitan la consiguiente factura con IVA y paguen a la empresa el valor de mercado o, como mínimo, el valor contable que tengan.

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Tienen dos opciones:

1- Venderla a los socios, con su correspondiente factura y pagarla, recomendándoles una valoración para acreditar el valor de los vehículos y evitar problemas futuros.

2- Adjudicárselas en la liquidación, pero hay que valorarlas igualmente a precio de mercado (mediante una valoración). Si el valor del vehículo es mayor que lo que se tienen que adjudicar, la cosa se complica... Y siempre pueden intentar vender a un tercero...

El experto que les ayude con la liquidación es quien mejor conoce su caso concreto y por lo tanto, quien mejor puede ayudarles.

Perdón, no me había dado cuenta que no liquidáis…

Tenéis otra posible opción, que es la reducción de capital social (si podéis) adjudicando los bienes (vehículos) en lugar de dinero.

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