Cómo calcular una ganancia patrimonial

Para calcular la ganancia patrimonial por la venta de una vivienda heredada hace 15 años, me dicen que el valor de adquisición es el que se declaró en el impuesto de sucesiones. El problema es que no se declaró y no sé sobre qué cantidad hacer los cálculos.

2 respuestas

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El valor de compra será el valor que figure en la escritura de adjudicación de la herencia.

En la escritura de adjudicación, que se hizo 8 años después del fallecimiento, figura el que nos tasaron en ese momento. Sobre ese valor, compensé a mis hermanos en dinero y me adjudiqué la vivienda. Lo que me dicen es que para Hacienda, por ser yo heredero, el valor de adquisición es el de la fecha de fallecimiento. Como no se presentó el imuesto, además de que  la ganancia patrimonial sería mayor, tampoco sé cual es ese valor para Hacienda. Como usted me dice, podría poner el valor de la escritura y esperar que no me revisen

Teóricamente, en la adjudicación de la herencia hay que indicar el valor a fecha de fallecimiento.

Como parece que la hicieron con una tasación posterior, tendrá que calcular conforme a ese valor y esperar que no tenga un expediente de comprobación. Revise que al menos sea un importe superior al valor catastral el año de fallecimiento, si es que puede localizar ese IBI.

¡Gracias! En la escritura de adjudicación solo figura el valor de la tasación en esa fecha y seguro que es mucho más alto que el catastral de la fecha de fallecimiento. La compensación en dinero a mis hermanos tenía que ser por el valor de mercado. Pondré el valor de adjudicación y a ver si hay suerte. Gracias de nuevo

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Si pide la Nota Simple en el Registro de la Propiedad podrá ver el notario que autorizó la primera transmisión y contactando puede obtener copia simple de la escritura con el precio.

Quedamos a su disposición,

Pedralbes abogados

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