Si una comunidad de propietarios no arregla una gotera del tejado a un residente que no debe ninguna cuota de perticipacion

La duda, ya que la persona esta¨totalmente harta de la situación ¿puede el residente o propietario del piso negarse a pagar la cuota en la cuenta corriente de la comunidad? No negándose a abonarla ¿pero abonarla en una notaria, despacho de abogados, juzgado etc? Hasta que el problema quede subsanado

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Ya ve, por las respuestas que le han dado, que dejar de pagar las cuotas de comunidad, no es recomendable, y consignarlas, es ineficaz, debe requerir formalmente a la Comunidad y, si no obtiene resultado, demandarla.

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Puede consignar las cuotas en el juzgado o el notario.
No obstante, creo que eso no bastará para convencer a comunidad para que arregle el tejado. Creo que tendrá que tomar usted medidas más drásticas.

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¿Cuándo dice residente se refiere a que es inquilino?

Si lo es, no sé porque abona comunidad

Quiero hacer una aclaración a Poliplos, unicamente para informar.

El juzgado no admite la consignación a no ser que exista un expediente abierto, dado que es necesario el n° de expediente para realizar el depósito.

En El notario si se puede consignar el depósito, pero el notario, a continuación tiene la obligación de ponerse en contacto con la comunidad para informar que pueden retirar el dinero. Esta acción unicamente es útil si fuese el caso que no se pudiese ingresar la cuota por que no quieran decir la cuenta corriente,

Pero aunque esto se pudiese hacer, no sirve de nada dado que se sigue siendo moroso.

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