Prohibición uso piscina comunitaria a arrendatarios

Próximamente voy a alquilar un piso de mi propiedad y me he enterado por un acta de una reunión de hace dos años que decía "se recuerda a los propietarios la prohibición del uso de la piscina a los arrendatarios". ¿Es legal? Si yo le repercutiera los gastos de comunidad al inquilino, podría tener problemas con él al saber de esta prohibición por considerarla discriminatoria.

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Habría que ver de donde sale ese se recuerda, puesto que entiendo que es un mero recordatorio. La propiedad lleva vinculada el uso de la piscina, si la usa el arrendatario y no el arrendador no cabría prohibición. Sería diferente que la usaran simultáneamente arrendatario y arrendador. Con relación a este tema decir que si el piso se compró con la piscina es decir con su uso, usted alquila el piso y el uso de esa piscina al arrendatario. Con relación a la propiedad hay que ser muy restrictivo y nunca se puede prohibir el dominio sobre una propiedad privada y sus usos.

Cuando mi  padre compró el piso ya estaba la piscina y mi padre alquiló el piso durante varios años y desconozco si los arrendatarios hacían uso de la misma. Ahora el piso ha pasado a nosotras, por herencia y vamos a alquilarlo pero no tengo ni idea de si esa prohibición es verbal o consta en los Estatutos de la Comunidad. El "recordatorio" va dirigido a los propietarios de pisos en alquiler. Gracias.

Por buen uso y convivencia se debería hacer caso a lo que dicen el resto de vecinos si estos lo cumplen, por legalidad no se puede privar del uso de la piscina a los domiciliados en esa propiedad es decir los inquilinos.

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