Deuda de alquiler

En noviembre de 2007, se marchó el inquilino al que le tenia alquilado el piso, ¿dejando atrás una deuda de 1560?, antes de irse firmó junto a su aval un documento de reconocimiento de deuda. A fecha de hoy no ha abonado nada, por lo que voy a acudir a los tribunales. Este tiene nómina y su padre en calidad de fiador/Abal es fijo en la empresa, teniendo vivienda propia. Quería preguntarle, ¿Me compensará acudir a los Tribunales teniendo en cuenta la deuda? ¿Necesitaré abogado y procurador? Y sobre todo, caso de ganar ¿los honorarios del abogado y procurador tendré oportunidad de recuperarlos, si lo condenan en costas o NO? Muchas gracias

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El abogado es obligatorio a partir de los 900 euros.
Tiene que demandar a ambos: padre e hijo.
Teniendo nómina hay que ir primero contra el salario, pero existen unos "topes para embargar" según lo que gane.
Le compensa la reclamación porque, si hay un reconocimiento de deuda "bien redactado", el asunto está claro.
Póngales a ambos, de forma previa un burofax aunque el reconocimiento de deuda no esté bien hecho, para que no puedan allanarse y les quiten las costas.
Que todo esto lo haga el abogado que va a llevar el asunto, propongale cobrar al final para no adelantar el dinero del juzgado. A nadie le gusta pero los tiempos están duros.

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