Cambiar le forma de pago del agua a partes iguales
En mi edificio desde que se constituyó la Comunidad la factura del agua ha sido un gasto afrontado por la misma. Ahora, después de 50 años se ha propuesto pagarla a partes iguales en función al número de pisos (10). El resultado ha sido 4 a favor con 53% de coeficiente de participación, y el resto en contra. Según me han dicho en L.P.H. Los gastos considerados generales han de ser abonados por la Comunidad y el cambio en la forma de pago ha de ser votado y aprobado por unanimidad e inscritos en el Registro de la Propiedad. Me gustaría que alguien me confirmara si esto es así, y en que artículo de la L.P.H. Se refleja esto. También, quisiera que me aclararan si este resultado podría darse por válido, no solo por el resultado en sí mismo sino porque en la convocatoria a la reunión pone "Propuesta contadores individuales de agua, en caso contrario apartes iguales" y no dice nada de votación.
Por último, quisiera saber si es legal entregar copia del acta sin finalizar y sin firmar pues, el presidente, la remitió de esta manera y al cabo de casi un mes entrega la última hoja de nuevo ya acabada y firmada.